En noviembre del 2018 tres jueces integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal 1 marplatense a cargo del juicio por el femicidio de Lucía Pérez absolvieron a los tres imputados por el abuso sexual y asesinato de la joven de 16 años en la ciudad de Mar del Plata en 2016.
Este 23 de noviembre la Comisión Bicameral de Procedimiento para el Enjuiciamiento de Magistrados de Buenos Aires juzgará a dos de los jueces, Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, investigados por dicho fallo en el que resultaron absueltos Matías Farías (26), Juan Pablo Offidani (45) y Alejandro Maciel (62), acusados por el femicidio de Lucía.
Urso y Viñas, integrantes del TOC 1 marplatense, serán sometidos a un Jury de Enjuiciamiento acusados de los delitos de «negligencia, incumplimiento de los deberes de cargo y parcialidad manifiesta».
En las audiencias del Jury que comienzan a fines de noviembre se determinará si se destituye o no a los magistrados. El polémico fallo del 2018 también fue dictado por un tercer juez, Aldo Carnevale, que renunció de su cargo para jubilarse.
Cabe recordar que las absoluciones a Farías, Offidani y Maciel fueron apeladas este 2021 por la Fiscalía General marplatense y los miembros de la Sala 4 de Casación ordenaron la realización de un nuevo juicio con perspectiva de género, resolución que fue ratificada en dos ocasiones por la Suprema Corte de Justicia provincial.

Entre los argumentos que figuran en la acusación de la Bicameral a la que accedió Télam, se indicó que «la queja se relaciona con la resolución de libre absolución que beneficiara en el juicio oral a los autores de los delitos, por el gravísimo delito de abuso sexual, con acceso carnal, agravado por haber causado la muerte de la ofendida y habiendo sido favorecido por el suministro de estupefacientes».
En el informe se cuestionó, además, que el TOC 1 se enfocó en «indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, como su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter y en distinguir la conducta de los imputados y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal».
Si bien los tres acusados por «abuso sexual agravado por el suministro de estupefacientes seguido de muerte en concurso ideal con femicidio» fueron absueltos de tal delito Farías y Offidani recibieron una pena de ocho años de prisión como coautores del delito de «tenencia de estupefacientes con fines de comercialización» en inmediaciones de la escuela a la que asistía Lucía.