viernes, septiembre 5, 2025
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México: La Suprema Corte declara inconstitucional la criminalización del aborto.

La Suprema Corte de Justicia de México concluyó este martes, con el voto unánime de 10 magistrados, que la penalización del aborto es inconstitucional porque tutela a las mujeres y a las personas gestantes, y violenta su derecho a decidir sobre sus propias vidas.

«Con este criterio unánime a partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la corte y la constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este tribunal«, dijo el presidente de la corte, Arturo Zaldívar, informó la agencia AFP.

Aunque el histórico fallo, que incluye una inédita y progresista referencia al derecho del «disfrute de la sexualidad«, se refiere al Código Penal del norteño estado de Coahuila, sienta jurisprudencia para que en el resto del país se interpongan acciones de inconstitucionalidad en contra de las leyes locales que criminalizan de múltiples maneras la interrupción voluntaria del embarazo.

El pleno de la Corte sesionó durante dos jornadas para discutir un recurso de inconstitucionalidad contra artículos del código penal del estado de Coahuila que castigaban con hasta tres años de prisión a las mujeres que aborten y a quienes se lo faciliten, informó AFP.

En México el aborto solo es legal en Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz, pero en los 29 estados restantes las penas van desde la imposición de multas al encarcelamiento.

Además, en los últimos años diversas legislaciones locales de las regiones más conservadoras han sido reformadas para reconocer «el derecho a la vida desde la concepción», lo que limita todavía más la lucha por la legalización.

La Corte discutió el caso de Coahuila durante dos intensas jornadas, pero en el debate del lunes quedó clara la posición mayoritariamente a favor del proyecto presentado por el ministro Luis María Aguilar, que consideraba inconstitucional la penalización de esta práctica.

Para aprobarlo se necesitaban por lo menos ocho de los 11 votos de las y los magistrados. El escenario fue favorable para el movimiento de mujeres desde ayer, ya que los ocho ministros y ministras que expusieron se manifestaron en contra de la penalización, al igual que los dos que argumentaron este martes.

Uno de ellos fue el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, quien advirtió que el máximo órgano de Justicia del país debe estar a favor de respetar la dignidad de la vida de las mujeres para que puedan ejercer sus derechos con plenitud y sin violencia.

«Condenar a las mujeres a la cárcel, a la clandestinidad, a poner en riesgo su salud y vida, no solo es profundamente injusto sino abiertamente inconstitucional, proyecta un mensaje estigmatizante y discriminatorio contra las mujeres que las reduce a un instrumento de reproducción», dijo.

Aborto legal.

El proyecto sometido a votación, y que fue redactado por el ministro Luis María Aguilar, asegura que el derecho a decidir es el resultado de una combinación de derechos y principios asociados a la libertad de autodeterminación y que la maternidad es un ejercicio voluntario que, en caso de no respetarse, crea un mecanismo de violencia de género.

Por lo tanto, agrega, el Estado debe abstenerse de tomar «una postura paternalista«, que tutele a las mujeres en torno a las decisiones que corresponden a su salud reproductiva.

«Un escenario donde las mujeres y personas con capacidad de gestar no pueden plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo equivaldría a asumir que su dignidad y autonomía personal pueden restringirse», afirma.

También vincula la libre elección de las mujeres sobre su cuerpo con el derecho a la igualdad de género, y considera que deben eliminarse «todas las discriminaciones basadas en roles de género que limitan el disfrute de la sexualidad, más allá de la procreación».

En resumen, explica que no se trata del aborto, «sino del derecho a decidir de las mujeres y de las personas con capacidad de gestar de decidir sobre su cuerpo y su vida, a ser o no ser madre sin penalizarla».

La decisión de la Corte obliga a Coahuila a reformar su Código Penal que sanciona la práctica del aborto con penas de uno a tres años de prisión. Y permite, además, que todas las mujeres criminalizadas por abortar en el resto del país puedan interponer un amparo basado en este fallo.

Los artículos que fueron declarados inconstitucionales con el voto de los 10 magistrados presentes sientan jurisprudencia, es decir que los jueces deberán aplicar el criterio establecido por este fallo.

Una fuente judicial explicó que esta sentencia tiene alcance nacional ya que permitiría que mediante un recurso de amparo mujeres que residen en estados donde está penalizado el aborto puedan acceder al mismo por orden de un juez.

«La mujer debe solicitar a los servicios de salud que realicen el aborto«, explicó a la AFP Alex Alí Méndez, abogado constitucionalista y experto en temas de aborto.

El letrado precisó que «cuando se lo nieguen, podrá acudir ante un juez y promover un amparo, y en base a esta sentencia, se le deberá conceder y el juez ordenará que se le realice el aborto«.

Un tercer efecto de esta resolución, añadió el abogado, es que será una herramienta para que aquellas mujeres que estén encarceladas por abortar puedan recuperar su libertad.

México es un país federado donde los estados son autónomos para dictaminar sus leyes, pero estas quedan invalidadas, a través de los amparos, cuando contravienen fallos de la Suprema Corte que sientan jurisprudencia como el de este martes.

Ciudad de México despenalizó el aborto hasta las 12 semanas de gestación en 2007 y se realiza de manera gratuita en las clínicas de la alcaldía sin importar si las mujeres viven en otros distritos.

Oaxaca, Veracruz e Hidalgo son otros estados que despenalizaron el aborto hasta las 12 semanas.

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