miércoles, septiembre 17, 2025
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Memorándum con Irán: Sobreseyeron a Cristina Fernández de Kirchner.

El Tribunal Oral Federal 8 sobreseyó esta noche a todos los imputados en la causa por la firma del Memorándum con Irán, entre ellos la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, según un fallo al que tuvo acceso Télam.

Los jueces María Gabriela López Iñiguez, Daniel Obligado y José Michelini hicieron lugar a los planteos de nulidad presentados por las defensas y argumentaron que el sobreseimiento tiene lugar ya que «los hechos por los que fueran requeridos no constituyen delito».

«El Memorándum, más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó delito», sostuvo la resolución.

Los otros imputados en la causa eran Eduardo Alberto Zuain, Carlos Alberto Zannini, Oscar Isidro Parrilli, Angelina Maria Esther Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis Ángel D’Elía, Fernando Esteche, Jorge Alejandro Khalil y Ramón Héctor Allan Bogado.

Los jueces aseguraron que «el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieran gozado las personas antes mencionadas» y lo hicieron extensivo al fallecido canciller Héctor Timerman.

El Tribunal cerró así por inexistencia de delito la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman por la firma del Memorándum, una decisión que podrá ser revisada en la sala I de la Cámara Federal de Casación Penal si es apelada por la fiscalía o las querellas de DAIA y Familiares de Víctimas del atentado.

Por lo pronto, el TOF 8 sobreseyó a todos los imputados y dio por concluidos los preparativos que se realizaban para un juicio oral.

El listado de sobreseídos incluyó también al actual embajador en Rusia Eduardo Zuain, a la ex Procuradora del Tesoro Angelina Abbona, a los dirigentes sociales Luis D’Elía, y Fernando Esteche, a Jorge Khalil y al exagente Héctor Bogado.

«El Memorándum de Entendimiento con Irán, más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito», concluyeron los jueces del TOF8 en una sentencia firmada tras escuchar a todas las parte en audiencia pública durante más de un mes.

Los jueces advirtieron que los integrantes de la Cámara Federal de Casación Mariano Borinsky y Gustavo Hornos estuvieron «afectados» en su imparcialidad «e independencia» por sus visitas al expresidente Mauricio Macri antes de reabrir el caso en 2016.

Pero, sin embargo, aclararon que los motivos del cierre del caso apuntaron a los planteos «de fondo» vinculados a inexistencia de delito.

El Tribunal concluyó que las alertas rojas de captura internacional de ciudadanos iraníes por el atentado del 18 de julio de 1994 en la sede de la AMIA «siempre estuvieron vigentes y aún continúan estándolo».

«El Memorándum de Entendimiento no logró cumplir sus requisitos de validez antes de convertirse en tratado internacional vinculante para las partes, por lo que no ha existido acto jurídico como tal desde el punto de vista del derecho internacional», agregaron los jueces del TOF.

Por ello «no hay ningún elemento directo que de manera contundente nos haga pensar que tal temperamento fue más allá de una decisión política para convertirse en un acto de encubrimiento», enfatizaron.

Agregaron que «para la eliminación de leyes inconvenientes, las apelaciones no deben dirigirse a los tribunales sino al voto y al proceso democrático de gobierno».

«Desde que el Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán no entró en vigencia y desde que nunca existió entre la República Argentina y la República Islámica de Irán un estado de guerra, es posible deducir que ninguna de las conductas aquí enrostradas son susceptibles de encuadrarse en las figuras de traición», concluyó el Tribunal sobre el delito de «traición a la Patria» que también se barajó en el caso y quedó descartado.

En la sentencia, además, se levantaron todos los embargos y medidas cautelares que había ordenado el difunto juez del caso, Claudio Bonadio.

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