viernes, septiembre 12, 2025
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Ley de Talles: a un año de su sanción, finalmente, se aprobó su reglamentación.

Este miércoles a la mañana se publicó en el Boletín Oficial la aprobación de la reglamentación de la Ley 27.521 de “Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI)».

La normativa aclara que dicho sistema deberá ser implementado para la totalidad de la indumentaria, “salvo aquellas prendas expresamente excluidas”. En estas excluidas se toma en cuenta:  la indumentaria denominada de alta costura o de diseño de autor; las prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que han sido realizadas de manera personalizada a pedido de las consumidoras y los consumidores; los accesorios de vestir,  los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.

 “Será considerado acto discriminatorio cualquier práctica abusiva, vejatoria o estigmatizante referida al aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género u otra característica de las consumidoras y los consumidores”, cita la información publicada en el Boletín Oficial.

La normativa crea un Consejo Técnico Consultivo, cuya función será la de pronunciarse, “sin efecto vinculante”, sobre cuestiones relevantes que le solicite la autoridad de aplicación, en lo referente a la implementación y difusión del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria.

Dicho consejo estará conformado por representantes de la Secretaría de Comercio Interior, de las cámaras sectoriales vinculadas a la indumentaria; de organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática; un representante de los profesores y las profesoras regulares de las Universidades Nacionales de la carrera de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil; un representante del Ministerio de Salud; del INADI; y del INTI. Todos actuarán con carácter “ad honorem”, se indicó.

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