sábado, septiembre 6, 2025
InicioSociedad Caso Franco: La mujer ya interrumpió su embarazo.

Caso Franco: La mujer ya interrumpió su embarazo.

El fin de semana se había conocido que la Sala III de la Cámara de Apelaciones de San Juan había fallado a favor de Franco, el hombre que reclamaba que su ex pareja no se practique un aborto entendiendo que tiene derechos sobre su hijo por nacer. 

Este martes y a través de su abogado, Reinaldo Bedini, la mujer le comunicó a la Justicia que se practicó la IVE el 21 de abril en el Hospital de Pocito donde le suministraron la medicación abortiva.

Bedini presentó hoy un recurso de reposición con el objetivo de que la autoridad reconsidere el dictamen que favoreció al presunto progenitor, ya que lo sucedido se encuadra en lo que entiende como «violencia sexual» por parte de Franco hacia su ex pareja.

El tribunal, integrado por los jueces Juan Carlos Pérez, Juan Carlos Noguera Ramos y Sergio Rodríguez, había concedido la cautelar y ordenado que la gestante no se hiciera el aborto, reconociendo derecho al progenitor que busca preservar la vida de su hijo.

«Habiendo sido notificado de la cautelar dictada, viene por el presente a denunciar el cumplimiento imposible de la medida, toda vez que se practicó la interrupción voluntaria de su embarazo. Asimismo, solicita sea revocada la misma por contrario imperio por resultar manifiestamente lesiva para la presentante«, reza el documento presentado este martes. 

Según explicó Bedini, que el sábado último -1 de mayo- fue el día que recibieron la notificación de los jueces de la Sala Tercera de la Cámara Civil. En el mismo, los magistrados le ordenaban a la mujer que por el momento no podía llevarlo a cabo. El fallo salió luego de que su ex pareja, Franco, presentara una medida cautelar para intentar prohibir la IVE.

«El embarazo forzado que el actor pretendía asegurar mediante resolución judicial, ya fue interrumpido, conforme habilita la ley vigente. De esta forma, la pretensión del actor ha devenido abstracta – la propia sentencia de la Cámara fue dictada en abstracto«, agrega. 

Bedini afirmó que la IVE la llevo a cabo el pasado 21 de abril en el Hospital de Pocito.

En otro punto, el escrito que redactó Bedini alega que «la cámara entendió que en el caso existía verosimilitud del derecho del actor. Sin embargo, lo cierto es que la verosimilitud del derecho no está dada por cuestiones fácticas, como la existencia o no de un embarazo en curso, ni tampoco por el hecho de si está acreditada o no la voluntad de la persona gestante de interrumpir ese embarazo conforme le permite la Ley. Por el contrario, refiere a si el cónyuge, en este caso el actor, tiene o no fundamento jurídico para ejercer un derecho a impedir que otra persona ejerza los derechos que le confiere la Ley 27.610».

A su vez, Bedini se mostró muy crítico de los jueces a quienes señaló por valerse de una norma «del siglo pasado» cuando está vigente la reciente Ley de Interrumpción Voluntaria del Embarazo (IVE).

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